Condiciones para ingreso como socio al Círculo Médico de Olavarría
Los profesionales médicos postulantes a ingresar en carácter de socio al Circulo Médico de Olavarría, deberán reunir las siguientes condiciones:
1 - Presentación de fotocopia de Documento de Identidad en todas sus hojas escritas y Título de Médico expedido por autoridad reconocida e intervenido por el Ministerio de Salud;
2 - Acreditar domicilio efectivo en la ciudad de Olavarría con una antigüedad de seis (6) meses, mediante la presentación de documento identidad con domicilio actualizado y/o factura de servicio público y/o certificado policial de domicilio;
3 - Presentar el aval de tres (3) socios actuales del Circulo Médico de Olavarría que cuenten con una antigüedad mínima de cinco (5) años;
4 - Presentación de certificado que acredite situación de normalidad con las obligaciones con el Distrito VIII del Colegio de Médicos y la Caja de Previsión y Seguro Médico de la Pcia. de Buenos Aires, mediante la presentación de último recibo de pago de Matrícula y Aportes, Certificado ético profesional y habilitación de consultorio;
5 - Constancia de situación impositiva;
6 - Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de Prestadores:
7 - Declaración Jurada de no ser, al momento de la solicitud, socio activo de otra Entidad Primaria de la FEMEBA y/u otra entidad similar, y en caso de haberlo sido, constancia de la baja;
8 - Valor cuota ingreso: se fija en el equivalente al valor en pesos de doscientas (200) consultas básicas convenio IOMA/FEMEBA. Los postulantes nativos de la ciudad de Olavarría, percibirán un descuento del cuarenta por ciento (40%) sobre dicho valor. La cuota de ingreso podrá ser abonada en hasta diez (10) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, debiendo cancelarse la primera de ellas al momento de efectuar la inscripción.-
9 - Para el caso de pretender su registración como “médico especialista”, deberá acreditar la misma con Titulo respectivo expedido o reconocido por el Colegio de Médicos de la VIII circunscripción, exclusivamente.-
10 - Obligarse a brindar sus servicios médicos a todos los afiliados a las obras sociales, empresas de medicina pre pagas y todas aquellas otras, que bajo cualquier figura legal, mantengan convenio de prestación médica con el Circulo Médico de Olavarría, bajo las condiciones que la Comisión Directiva convenga;
11 - Autorizar al Círculo Médico de Olavarría a percibir y gestionar en su nombre, el cobro de las prestaciones brindadas mediante convenios vigentes, reconociendo que la liquidación de las mismas se encuentran subordinadas a la previa cancelación de los servicios facturadas a la entidad contratante;
12 - Aceptar las retenciones impositivas, previsionales, asociacionales y administrativas que el Círculo Médico de Olavarría establezca y que se realizarán sobre los montos que el asociado tenga a percibir por prestaciones brindadas;
13 - Adherir a las NORMAS APLICABLES A LA RELACION CON OBRAS SOCIALES, PRE PAGAS Y OTRAS PRESTATARIAS suscribiendo las mismas;
14 - Mantener entrevista personal con la Comisión Directiva, previo al tratamiento de la solicitud de ingreso;
15 - Todas las solicitudes deberán ser presentadas antes de los días 15 de marzo o 15 de Septiembre de cada año, (o primer día hábil posterior en caso de ser no laborable), las que serán evaluadas y consideradas por la Comisión de Registro del C.M.O., integrada por el Vicepresidente en ejercicio, y dos vocales, la que emitirá un dictamen, no vinculante, valorando la solicitud y categorizando la especialidad;
16 - La Comisión Directiva, en las primeras reuniones de los meses de Abril y Octubre, en base al dictamen de la Comisión de Registro y su propia convicción se expedirá sobre el mérito de las solicitudes;
17 - Excepcionalmente, y en el supuesto que se trate de la solicitud de ingreso de un profesional con especialidad crítica o cuando a juicio de la Comisión Directiva existan motivos suficientes, convocará a la Comisión de Registro, a los efectos de tratar la petición, expidiéndose aún fuera de las fechas y condiciones fijadas;